REGLAMENTO DEL SORTEO
SOFITEL BOUTIQUE 2026

ARTÍCULO 1. DEFINICIONES

Los términos siguientes, cuando su primera letra aparezca en mayúscula, tendrán el significado que se indica a continuación:

Administrador:

  • La sociedad Hotels at Home, S.A.S., sociedad francesa, inscrita con el número (SIRET) 477 579 874 00025, con domicilio social en 163 Rue de la Belle Etoile, Business Park Paris Nord 2 - Bât 6B, 95700 Roissy en France.

Organizadoras:

  • La sociedad Accor SA, con domicilio social en 82 Rue Henri Farman, CS 20077, 92445 Issy Les Moulineaux (Francia).
  • La sociedad Hotels at Home, S.A.S. (“HAH”), sociedad francesa, inscrita con el número (SIRET) 477 579 874 00025, con domicilio social en 163 Rue de la Belle Etoile, Business Park Paris Nord 2 - Bât 6B, 95700 Roissy en France.

ARTÍCULO 2. ORGANIZACIÓN

Las Organizadoras y el Administrador organizan una operación que permite la atribución de un premio mediante sorteo (en lo sucesivo, «el Sorteo»).

Las condiciones de participación, de atribución y de recepción de la Dotación en el marco del Sorteo se rigen por el presente reglamento (en lo sucesivo, el «Reglamento»), accesible, consultable y descargable en la página siguiente: https://sofitelboutique.com/es/win/rules.

ARTÍCULO 3. PARTICIPACIÓN

El Sorteo está abierto a las personas físicas mayores de edad que residan legalmente en un Estado miembro de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega, el Reino Unido o Suiza, con excepción de los residentes en Italia, y que, el día de la participación, tengan al menos dieciocho (18) años cumplidos o hayan alcanzado la mayoría de edad en su país de residencia si esta fuera superior a dieciocho (18) años (en lo sucesivo, el «Participante»).

La participación en el Sorteo implica la aceptación del presente Reglamento. Las decisiones de las Organizadoras y/o del Administrador relativas al Sorteo se adoptan respetando el presente Reglamento y las disposiciones legales aplicables, sin perjuicio del derecho del Participante a impugnarlas.

Quedan excluidas del Sorteo las personas que no reúnan las condiciones anteriores.

Quedan igualmente excluidas del Sorteo las personas siguientes, que no están autorizadas a participar ni pueden ser designadas ganadoras: los empleados, directivos y administradores de las Organizadoras y del Administrador, así como de sus sociedades matrices, sociedades afiliadas, filiales, franquiciados, mandatarios, representantes, consultores, subcontratistas, asesores jurídicos, agencias de publicidad, de relaciones públicas, de relaciones promocionales, de gestión de cupones y de marketing, proveedores y administradores de sitios web; los miembros de su familia directa (cónyuges, padres, hijos, hermanos y hermanas, cualquiera que sea su lugar de residencia); y toda persona que conviva en el mismo domicilio que aquellas, exista o no vínculo de parentesco.

La participación en el Sorteo es estrictamente personal y nominativa.

El Participante solo podrá obtener un premio si cumple todas las condiciones previstas en el presente Reglamento.

Las Organizadoras y/o el Administrador se reservan el derecho de comprobar que el ganador cumple las condiciones de admisibilidad antes de la atribución de la Dotación.

ARTÍCULO 4. MODALIDADES DE PARTICIPACIÓN

La participación en el Sorteo no está sujeta a ninguna obligación de compra.

Para participar, haga clic en el enlace correspondiente al idioma de su elección y cumplimente todos los campos obligatorios del formulario de inscripción que aparecerá en pantalla. El formulario es accesible desde todos los países mencionados en el artículo 3, cualquiera que sea el idioma elegido.

Versión francesa: https://sofitelboutique.com/fr/win
Versión alemana: https://sofitelboutique.com/de/win
Versión inglesa: https://sofitelboutique.com/en/win
Versión española: https://sofitelboutique.com/es/win

Las participaciones deberán recibirse antes de las 23:59, hora francesa, del 03/11/2026 para ser admisibles en el Sorteo.

Cualquier intento de un Participante de participar más de una vez, utilizando varias direcciones de correo electrónico, varias identidades, inscripciones e identificadores, o por cualquier otro método, anulará dichas participaciones y podrá dar lugar a su descalificación por decisión de las Organizadoras y/o del Administrador.

El uso de un sistema automatizado o informático para participar está prohibido y dará lugar a la descalificación del Participante. Podrán aplicarse gastos de acceso y de uso de Internet impuestos por su proveedor de servicios. Podrán aplicarse gastos estándar de transmisión de datos si utiliza un dispositivo móvil para participar.

El Participante es el único responsable de los datos de identidad y de contacto facilitados al cumplimentar su boletín de participación.

Las participaciones incompletas, inexactas, dañadas o tardías serán nulas y quedarán descalificadas. Salvo culpa o negligencia que les sea imputable, las Organizadoras no son responsables de las participaciones extraviadas, tardías, incompletas, dañadas, robadas o mal dirigidas; de las conexiones de red, a un servidor o de otro tipo, perdidas, interrumpidas o inaccesibles; ni de los errores de comunicación, fallos informáticos o de software, problemas de transmisión telefónica, fallos técnicos, transmisiones informáticas truncadas, daños en cualquier sistema informático (software y hardware), o de cualquier otro error o fallo de cualquier naturaleza, humana, mecánica, electrónica o de otro tipo.

ARTÍCULO 5. DURACIÓN

El Sorteo se desarrollará del 06/10/2026 a las 18:00 al 03/11/2026 a las 23:59, hora francesa. Toda participación fuera de estas fechas y horarios será nula.

Se realizará un (1) sorteo el 10/11/2026 para designar al ganador entre el conjunto de participaciones admisibles recibidas durante la duración del Sorteo.

Las Organizadoras se reservan el derecho de prorrogar, acortar, modificar o anular el Sorteo en caso de circunstancias ajenas a su voluntad, en particular en caso de fuerza mayor, sin que los Participantes puedan reclamar indemnización alguna por este motivo. El Reglamento modificado mediante adenda se actualizará y se pondrá a disposición en el sitio web. Las modificaciones introducidas no tendrán efecto retroactivo sobre las participaciones ya registradas.

ARTÍCULO 6. DESIGNACIÓN Y ANUNCIO DEL GANADOR

El ganador de la Dotación será elegido mediante sorteo informático entre todas las participaciones admisibles recibidas durante la duración del Sorteo. El sorteo será efectuado por el Administrador mediante la solución RandomPicker.com, operada por un organismo independiente.

El ganador será notificado por correo electrónico a la dirección indicada en el momento de su participación.

La identidad del ganador podrá obtenerse durante noventa (90) días a partir del 10/11/2026, enviando un sobre franqueado con su nombre y dirección a: LOTERIE SOFITEL BOUTIQUE 2026, WINNERS LIST, HOTELS AT HOME, 163 rue de la Belle Etoile, Business Park Paris Nord 2 – Bât 6B, 95700 ROISSY EN FRANCE.

El ganador recibirá por correo electrónico una declaración de admisibilidad (la «Declaración») que deberá cumplimentar, firmar y devolver por correo electrónico a la dirección siguiente, customer.service@sofitelboutique.com, en los catorce (14) días siguientes a la notificación, a fin de poder recibir su Dotación. Dicha Declaración no podrá tener por efecto exonerar a las Organizadoras y/o al Administrador de su responsabilidad en caso de culpa o negligencia que les sea imputable.

Si el ganador no responde en los siete (7) días siguientes al primer intento de contacto, se realizará un segundo intento. Si el ganador no responde en los siete (7) días siguientes a este segundo intento, no ha devuelto la Declaración o comunicado su elección de Dotación en dicho plazo, si la notificación de la Dotación es devuelta a las Organizadoras, o si el ganador designado rechaza la Dotación o no es admisible, se considerará que ha renunciado a la Dotación. Para la obtención de la Dotación, deberán cumplirse todos los requisitos indicados en el presente Reglamento. No se realizará ningún nuevo sorteo y la Dotación no será atribuida.

La admisibilidad del ganador designado será comprobada por las Organizadoras y/o el Administrador con carácter previo al envío de la Dotación.

ARTÍCULO 7. DOTACIÓN

La Dotación consiste, a elección del ganador, en una cama de la gama Sofitel MY BED™ o en una estancia de dos (2) noches en un hotel Sofitel situado en Europa, en las condiciones que se precisan a continuación. El ganador comunicará su elección a las Organizadoras en el plazo de catorce (14) días previsto en el artículo 6, tras un recordatorio en su caso; a falta de elección expresada en dicho plazo, se considerará que ha renunciado a la Dotación, en las condiciones previstas en el artículo 6.

Estancia: la estancia de dos (2) noches es reservada por el servicio de atención al cliente de las Organizadoras, dentro de un presupuesto de 1.600 € IVA incluido. Dentro de dicho límite, el ganador elige libremente el hotel Sofitel situado en Europa, la categoría de habitación, el número de ocupantes dentro de la capacidad fijada por el hotel, la inclusión o no del desayuno y las fechas de la estancia, sujeto a la disponibilidad del hotel. No se excluye ningún periodo. Si la estancia elegida supera dicho presupuesto, el ganador podrá, si lo desea, abonar directamente el suplemento al hotel. Las tasas turísticas corren a cargo del ganador.

Cama: el ganador compone libremente una configuración de la gama Sofitel MY BED™ entre los siguientes elementos: colchón, somier, patas y cabecero, en las dimensiones de su elección, hasta un valor total de 3.435 € IVA incluido. La configuración puede constar de un solo elemento.

Precio de Detalle Aproximado («PDA») de la Dotación: 3.435 € IVA incluido para la cama Sofitel MY BED™ o 1.600 € IVA incluido para la estancia de dos noches en un hotel Sofitel en Europa. Estos importes constituyen los valores máximos de la Dotación. El ganador no podrá reclamar ni la diferencia entre el valor de la Dotación efectivamente elegida y dichos valores máximos, ni su contravalor en metálico.

PDA TOTAL DE LA DOTACIÓN: 3.435 € o 1.600 €

ARTÍCULO 8. ENTREGA DE LA DOTACIÓN

La entrega de la Dotación será efectuada directamente por el servicio de atención al cliente de las Organizadoras, que se pondrá en contacto con el ganador en la dirección de correo electrónico indicada en el momento de la participación.

Entrega de la cama: la entrega y la instalación de la cama están incluidas en la Dotación, en la dirección indicada por el ganador en un país de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, en el Reino Unido o en Suiza. La instalación comprende el montaje, la entrega en cualquier planta y la retirada del colchón antiguo. Para una entrega fuera de la Unión Europea (Reino Unido, Suiza, Noruega, Islandia, Liechtenstein), la totalidad de los derechos de aduana, del IVA de importación y de los gastos de despacho aduanero corre a cargo de Hotels at Home S.A.S.; no se reclamará ninguna cantidad al ganador por este concepto. La entrega se realiza en un plazo orientativo de cuatro (4) a seis (6) semanas a partir de la confirmación de la configuración elegida.

El Participante ganador acepta la Dotación tal como se ofrece, sin posibilidad de cambio ni de reembolso, en particular por dinero en efectivo, otros bienes o servicios, compensación o cualquier otra retribución de cualquier naturaleza, distintas de las determinadas por el presente Reglamento.

La Dotación es estrictamente nominativa y no puede ser transferida a un tercero, bajo ninguna forma ni por ningún procedimiento.

ARTÍCULO 9. RESTRICCIONES RELATIVAS A LA DOTACIÓN

La estancia no incluye el desplazamiento del ganador y de sus acompañantes hasta el hotel ni los gastos de desplazamiento accesorios.

El ganador y sus acompañantes son responsables de su propio desplazamiento hasta el hotel. Salvo culpa o negligencia que les sea imputable, las Organizadoras no son responsables en caso de incumplimiento del transporte por parte de una compañía de transporte y no procederán a ninguna indemnización ni reembolso por este concepto.

El ganador y sus acompañantes son responsables de la suscripción facultativa de un seguro de viaje (y de cualquier otra forma de seguro) y reconocen, mediante el presente Reglamento, que las Organizadoras no han suscrito ni suscribirán ningún seguro de viaje ni ninguna otra forma de seguro.

Todos los gastos y costes vinculados a la aceptación y al uso de la Dotación que no se mencionen expresamente en el presente Reglamento serán responsabilidad exclusiva del ganador.

Quedan excluidos de la estancia los gastos y costes no incluidos en la reserva efectuada dentro del presupuesto, en particular las tasas turísticas, propinas, gastos de equipaje, comidas no incluidas, transporte terrestre y gastos personales.

La estancia deberá reservarse y disfrutarse en un plazo de doce (12) meses a partir de la fecha de entrega de la Dotación. Transcurrido dicho plazo, el ganador perderá el beneficio de la Dotación.

La reserva es efectuada por el servicio de atención al cliente de las Organizadoras, según la disponibilidad del hotel elegido. La estancia no puede combinarse con otras ofertas.

El ganador y sus acompañantes deberán asegurarse de disponer de documentos de identidad válidos y de los documentos de viaje necesarios en la fecha de realización de la estancia.

Se exigirá una tarjeta de crédito válida a la llegada para cubrir los eventuales gastos accesorios. A cada acompañante mayor de edad del ganador podrá solicitársele la firma de una exoneración de responsabilidad antes de la estancia, dentro de los límites previstos en el artículo 11. Los acompañantes menores de edad deberán ir acompañados de su representante legal.

ARTÍCULO 10. OBLIGACIONES DEL GANADOR Y DE SUS ACOMPAÑANTES

El ganador y sus acompañantes se comprometen a respetar las normas de buena conducta habituales y a evitar todo comportamiento susceptible de denigrar o perjudicar la reputación de las Organizadoras.

El ganador y sus acompañantes asumen plenamente su responsabilidad por todo comportamiento que cause un perjuicio a las Organizadoras o a terceros. Frente a terceros, las Organizadoras no podrán ser consideradas responsables de ninguno de los daños causados por el ganador o sus acompañantes.

El ganador y sus acompañantes podrán ser notificados de la interrupción anticipada de la estancia en caso de comportamiento violento, amenazante, injurioso o discriminatorio, de daño intencionado a los bienes del hotel, o de incumplimiento manifiesto del reglamento interno del establecimiento puesto en su conocimiento. Dicha decisión será motivada y notificada por escrito y no dará lugar a indemnización alguna.

El ganador y sus acompañantes son responsables de los impuestos y tributos que pudieran derivarse de la atribución de la Dotación y de su aceptación, conforme a la normativa fiscal aplicable en su país de residencia.

ARTÍCULO 11. RESPONSABILIDADES

No podrá exigirse responsabilidad a las Organizadoras y/o al Administrador en caso de daños, directos o indirectos, producidos por un supuesto de fuerza mayor.

Tampoco podrá exigirse responsabilidad a las Organizadoras y/o al Administrador por los eventuales errores relativos al nombre, la dirección y/o los datos de contacto facilitados por los Participantes.

Salvo culpa o negligencia que les sea imputable, las Organizadoras, así como sus proveedores y socios, no podrán ser consideradas responsables de los eventuales incidentes que puedan producirse en el uso de la Dotación por el beneficiario una vez que este la haya recibido.

Asimismo, las Organizadoras declinan toda responsabilidad en caso de suspensión, fallo, imposibilidad de participación o cualquier otra perturbación que pudiera producirse en su sitio web, que no sea imputable a ellas y que constituya un riesgo inherente a Internet.

Las Organizadoras podrán anular total o parcialmente el Sorteo si se comprueba que se han producido infracciones del Reglamento, fraudes o el empleo de cualquier medio fraudulento (y/o su tentativa), bajo cualquier forma, en el marco de la participación en el Sorteo.

En tal supuesto, las Organizadoras se reservan el derecho de no atribuir la Dotación a dicho o dichos Participantes y/o de emprender acciones judiciales contra ellos.

Ninguna estipulación del presente Reglamento podrá tener por efecto limitar o excluir la responsabilidad de las Organizadoras y/o del Administrador en caso de daño corporal, culpa grave o dolo, ni privar al Participante del beneficio de las disposiciones imperativas aplicables en su país de residencia.

ARTÍCULO 12. REEMBOLSO DE LOS GASTOS DE CONEXIÓN

Los Participantes podrán obtener, previa solicitud escrita, el reembolso de sus gastos de conexión al sitio web vinculados a la participación en el Sorteo.

El reembolso consiste en un importe a tanto alzado de 0,50 €, cualesquiera que sean los gastos realmente soportados para acceder al Sorteo. No se adeudará reembolso alguno cuando el Participante disponga de una tarifa plana de Internet ilimitada, al no generar la participación ningún gasto adicional en tal caso.

Para obtener el reembolso, deberá dirigir su solicitud, acompañada de los justificantes necesarios, a la dirección siguiente:

LOTERIE SOFITEL BOUTIQUE 2026, HOTELS AT HOME, 163 rue de la Belle Etoile, Business Park Paris Nord 2 – Bât 6B, 95700 ROISSY EN FRANCE.

Podrá solicitarse un justificante de los gastos realizados para el acceso al Sorteo. Los gastos soportados por el Participante para esta solicitud (franqueo ordinario vigente) le serán reembolsados a simple petición.

Toda solicitud de reembolso deberá enviarse antes del 18/11/2026, dando fe el matasellos de correos.

ARTÍCULO 13. UTILIZACIÓN DE DATOS PERSONALES

Responsable del tratamiento: la sociedad Hotels at Home S.A.S., con domicilio social en 163 Rue de la Belle Etoile, Business Park Paris Nord 2 – Bât 6B, 95700 Roissy en France, determina por sí sola los fines y los medios del tratamiento de los datos recogidos en el marco del Sorteo y actúa a tal efecto como responsable del tratamiento en el sentido del artículo 4.7 del RGPD. Accor SA no interviene en la determinación de los fines ni de los medios de dicho tratamiento.

Fines y bases jurídicas: los datos de los Participantes (nombre y dirección de correo electrónico) se recogen para la gestión de las participaciones, la realización del sorteo, la identificación y la comprobación de la admisibilidad del ganador, así como la entrega de la Dotación. Para la entrega de la Dotación, el ganador facilitará además su dirección postal y un número de teléfono, utilizados exclusivamente a efectos de la entrega o de la reserva. Este tratamiento se basa en la ejecución de las medidas adoptadas a petición del Participante y en el interés legítimo de Hotels at Home S.A.S. en organizar el Sorteo y garantizar su regularidad. El envío de comunicaciones comerciales, cuando se ofrezca, se basa exclusivamente en el consentimiento específico y facultativo del Participante, revocable en cualquier momento.

Plazo de conservación: los datos de los Participantes no ganadores se conservan durante la duración del Sorteo y se suprimen, a más tardar, tres (3) meses después de la fecha del sorteo. Los datos del ganador se conservan durante el tiempo necesario para la entrega de la Dotación y se archivan después durante el plazo de prescripción legal aplicable. Los datos recogidos sobre la base del consentimiento con fines de prospección se conservan durante tres (3) años a partir del último contacto.

Destinatarios: los datos se destinan a los servicios habilitados de Hotels at Home S.A.S., así como a sus encargados del tratamiento que intervienen en la organización del Sorteo (proveedor de alojamiento, proveedor del sorteo RandomPicker.com, proveedor logístico). Los datos del ganador se transmiten además a Accor SA y al hotel Sofitel de que se trate, con la única finalidad de la reserva y de la entrega de la Dotación; estos tratan entonces dichos datos en calidad de responsables del tratamiento autónomos, en las condiciones previstas por sus propias políticas de privacidad. Toda transferencia de datos fuera del Espacio Económico Europeo está amparada por las garantías adecuadas previstas en el capítulo Vdel RGPD.

Para más información, la política de privacidad de Hotels at Home S.A.S. está disponible en la dirección siguiente: https://www.hotelsathome.com/privacy.aspx.

Delegado de protección de datos: toda cuestión relativa al tratamiento de los datos personales puede dirigirse por correo postal al Delegado de Protección de Datos, Hotels at Home S.A.S., 163 Rue de la Belle Etoile, Business Park Paris Nord 2 – Bât 6B, 95700 Roissy en France, indicando la referencia «Protección de datos – LOTERIE SOFITEL BOUTIQUE 2026».

El Participante dispone de los derechos que se enumeran a continuación. Para ejercerlos, puede escribir a customer.service@sofitelboutique.com o por correo postal a la dirección siguiente, indicando la referencia «Protección de datos – LOTERIE SOFITEL BOUTIQUE 2026», en cualquier momento y de forma gratuita:

  • Hotels at Home, S.A.S., 163 Rue de la Belle Etoile, Business Park Paris Nord 2 - Bât 6B, 95700 Roissy en France.
  • Revocar los consentimientos otorgados.
  • Obtener la confirmación de si Hotels at Home S.A.S. trata datos personales que le conciernen.
  • Acceder a sus datos personales.
  • Rectificar los datos inexactos o incompletos.
  • Solicitar la supresión de sus datos cuando, entre otros motivos, estos ya no sean necesarios para los fines para los que fueron recogidos.
  • Obtener la limitación del tratamiento de sus datos cuando se cumpla alguna de las condiciones previstas por el RGPD.
  • Solicitar la portabilidad de sus datos.
  • Oponerse en cualquier momento al tratamiento de sus datos; la oposición al tratamiento con fines de prospección comercial se ejerce sin necesidad de justificar motivo alguno.
  • Presentar una reclamación ante la autoridad de protección de datos competente — en España la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD, C/ Jorge Juan 6, 28001 Madrid, www.aepd.es) y en Francia la CNIL (3 place de Fontenoy, TSA 80715, 75334 Paris Cedex 07, www.cnil.fr) — cuando el Participante considere que sus derechos no han sido respetados.

Solo podrá solicitarse un documento justificativo de identidad en caso de duda razonable sobre la identidad de la persona que ejerce sus derechos, conforme al artículo 12.6 del RGPD.

La comunicación del nombre y los apellidos del ganador, a efectos del anuncio de los resultados del Sorteo, se basa en el interés legítimo de Hotels at Home S.A.S. en garantizar la transparencia de la operación. El ganador puede oponerse a ella en cualquier momento, sin coste alguno y sin que ello afecte a la atribución de su Dotación, escribiendo a customer.service@sofitelboutique.com. Toda utilización del nombre, la imagen o la voz del ganador con fines publicitarios o promocionales será objeto de una autorización distinta, escrita y específica, cuya denegación no incidirá en la atribución de la Dotación.

Los tratamientos descritos en el presente artículo se llevan a cabo de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 (RGPD) y, para los Participantes residentes en España, con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

ARTÍCULO 14. MEDIACIÓN DE LITIGIOS DE CONSUMO

Tras haber contactado con las Organizadoras y a falta de respuesta satisfactoria en un plazo de 30 días, el Participante podrá dirigirse a un Mediador cuyos datos son los siguientes:

CM2C - 49 Rue de Ponthieu - 75008 Paris (Francia) - Sitio web: cm2c.net.

El mediador tiene por misión intentar, con plena independencia e imparcialidad, aproximar a las partes con el fin de alcanzar una solución amistosa. No obstante, el Participante sigue siendo libre de aceptar o rechazar el recurso a la mediación y de acudir a los tribunales competentes.

El recurso al mediador mencionado anteriormente está abierto a los Participantes residentes en Francia. Habiendo cesado definitivamente su actividad la plataforma europea de resolución de litigios en línea el 20 de julio de 2025, el Participante residente en otro Estado miembro de la Unión Europea, en Islandia o en Noruega puede dirigirse al Centro Europeo del Consumidor de su país de residencia (red ECC-Net). Los Participantes residentes en España pueden asimismo dirigirse a las juntas arbitrales de consumo de su comunidad autónoma. Los Participantes residentes en el Reino Unido, Suiza o Liechtenstein pueden acudir a los órganos jurisdiccionales de su lugar de residencia.

ARTÍCULO 15. IDIOMA DEL REGLAMENTO

El Reglamento está redactado en lengua francesa y traducido al alemán, al español y al inglés. Cada versión lingüística da fe respecto de los Participantes que hayan participado mediante el formulario redactado en dicha lengua. En caso de divergencia entre las versiones, prevalecerá la interpretación más favorable al Participante.

ARTÍCULO 16. LEY APLICABLE

El presente Reglamento está sometido, en cuanto a su validez, su interpretación y su ejecución, a la ley francesa, sin perjuicio de la aplicación de las disposiciones imperativas más protectoras del lugar de residencia del Participante.

ARTÍCULO 17. JURISDICCIÓN COMPETENTE

La acción ejercitada por el Participante contra las Organizadoras podrá interponerse bien ante los órganos jurisdiccionales del Estado miembro en cuyo territorio estén domiciliadas las Organizadoras, bien ante el órgano jurisdiccional del lugar en que esté domiciliado el Participante.

La acción ejercitada contra el Participante por las Organizadoras solo podrá interponerse ante los órganos jurisdiccionales del Estado miembro en cuyo territorio esté domiciliado el Participante, tal como se haya comunicado a las Organizadoras.

En lo que respecta a los Participantes residentes fuera de la Unión Europea, en particular en el Reino Unido, Suiza, Noruega, Islandia o Liechtenstein, las estipulaciones del presente artículo se aplican dentro de los límites de las normas de competencia que les sean aplicables, sin perjuicio del derecho del Participante a acudir a los órganos jurisdiccionales de su lugar de residencia.

ARTÍCULO 18. PROSPECCIÓN TELEFÓNICA

El formulario de participación en el Sorteo no recoge ningún número de teléfono. El número de teléfono facilitado, en su caso, por el ganador para la entrega o la reserva de la Dotación se utiliza exclusivamente con dicha finalidad. Las Organizadoras no realizarán ninguna llamada comercial al Participante por razón de su participación en el Sorteo. Con carácter más general, conforme al artículo L. 223-1 del Código de consumo francés en su redacción aplicable desde el 11 de agosto de 2026, no puede efectuarse ninguna prospección telefónica sin el consentimiento previo, libre, específico, informado e inequívoco del consumidor. Dicho consentimiento, cuya duración no puede exceder de un (1) año, es revocable en cualquier momento y sin coste, incluso verbalmente. Los Participantes residentes en España pueden asimismo oponerse a la prospección telefónica inscribiéndose en el fichero de exclusión publicitaria Lista Robinson (www.listarobinson.es).

ARTÍCULO 19. PROPIEDAD INTELECTUAL

Queda estrictamente prohibida la reproducción, la representación o la explotación de la totalidad o de parte de los elementos que componen el Sorteo, incluido el Reglamento.

Todas las marcas, logotipos, textos, imágenes, vídeos, música y demás signos distintivos reproducidos en el sitio web son propiedad de las Organizadoras o de sus licenciantes. Los sitios a los que el sitio remite mediante enlaces de hipertexto siguen siendo propiedad de sus respectivos editores, sobre cuyo contenido las Organizadoras no ejercen control alguno.

La reproducción no autorizada de cualquiera de los elementos anteriores, sin que esta lista sea limitativa, constituye un acto de violación de derechos de propiedad intelectual y es sancionable, en particular, con sanciones penales.

ARTÍCULO 20. ACCESO Y COMUNICACIÓN DEL REGLAMENTO

El Reglamento se pone a disposición por las Organizadoras en la página correspondiente al Sorteo, en el enlace siguiente, y es descargable en un soporte duradero: https://sofitelboutique.com/es/win/rules.

El Reglamento puede remitirse en un soporte duradero, de forma gratuita, a toda persona que lo solicite a las Organizadoras en customer.service@sofitelboutique.com.

En caso de error material, tipográfico o gráfico manifiesto que afecte al presente Reglamento o a los soportes de comunicación del Sorteo, las Organizadoras procederán a su rectificación e informarán de ello a los Participantes mediante la actualización del Reglamento en la página dedicada. Dicha rectificación no podrá menoscabar los derechos adquiridos por el ganador designado.

ARTÍCULO 21. CONVENIO DE PRUEBA

Por acuerdo expreso entre el Participante y las Organizadoras, los sistemas y ficheros informáticos de las Organizadoras darán fe, conservando el Participante la posibilidad de aportar prueba en contrario.

Los registros informatizados, conservados en los sistemas informáticos de las Organizadoras en condiciones razonables de seguridad y fiabilidad, se consideran prueba de las relaciones y comunicaciones habidas entre las Organizadoras y el Participante.

En consecuencia, se conviene que, salvo error manifiesto, las Organizadoras podrán prevalerse, en particular a efectos de prueba de cualquier acto, hecho u omisión, de los programas, datos, ficheros, registros, operaciones y demás elementos (tales como informes de seguimiento u otros estados) de naturaleza o en formato o soporte informático o electrónico, establecidos, recibidos o conservados directa o indirectamente por las Organizadoras, en particular en sus sistemas informáticos.

Dichos elementos constituyen así pruebas y, si son aportados como medios de prueba por las Organizadoras en cualquier procedimiento contencioso o de otro tipo, serán admisibles, válidos y oponibles entre las partes del mismo modo, en las mismas condiciones y con la misma fuerza probatoria que cualquier documento establecido, recibido o conservado por escrito.